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El Plan de Igualdad va a ser el instrumento de paridad de la empresa, es decir, la herramienta que va a servir para incorporar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres dentro de la organización.
Según la Ley 3/2007 para la Igualdad Efectiva entre mujeres y hombres, el Plan de Igualdad se establece como un conjunto ordenado de medidas que se toman en la empresa para lograr la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres.
Con el propósito de eliminar la discriminación por sexo, estas medidas deben dar respuesta a las necesidades y los problemas que se desprendan de un diagnóstico previo de la situación.
La implementación de los Planes de Igualdad, tanto sea de carácter obligatorio como voluntario, sirve para que las empresas refuercen su compromiso con la igualdad de oportunidades entre las personas de ambos sexos, debiéndose fijar en él tanto los objetivos a alcanzar, como las estrategias y prácticas que se llevarán a cabo para ello.
También este instrumento va a servir para establecer unos sistemas eficaces de seguimiento y evaluación de los objetivos establecidos.
A la hora de elaborar el Plan de Igualdad de las empresas, hay que tener en cuenta que los planes van a ser diferentes y únicos para cada empresa, ya que estarán basados en un diagnóstico específico de la situación de esa empresa en particular.
La elaboración del Plan de Igualdad se debe realizar, de forma recomendada,
durante la negociación del convenio. Si esto no es posible, o no se llega a un acuerdo, se incluirá una cláusula en el convenido para poder alcanzarlo con posterioridad.
En este primer paso, la dirección de la empresa y la representación sindical se comprometen a comenzar la negociación y elaboración del Plan de Igualdad.
Del mismo modo, ambas partes van a comprometerse a garantizar una aplicación efectiva del mismo, siendo todo ello recogido en un documento formal, que se trasladará tanto a la representación legal de las trabajadoras y trabajadores como a la plantilla.
Es conveniente que esté formada por personas con capacidad de decisión en el seno de la empresa y personal de la plantilla, y debe ser de carácter paritario.
Su número de integrantes suele variar según el tamaño de la empresa, siendo un número habitual entre 8 y 10 personas.
En esta etapa se van a detectar las áreas o estructuras particulares en las que resulte más urgente o necesario implantar las medidas de igualdad.
Implica un estudio cuantitativo y cualitativo de la situación a través de la recopilación de datos, valorando aspectos como la identificación de prácticas discriminatorias y la necesidad concreta de implementar acciones positivas.
Además, el correcto diagnóstico va a servir como punto de referencia para el posterior análisis de la evolución de la empresa.
El correcto diagnóstico permitirá la elaboración de objetivos concretos, que pueden estar relacionados con áreas tan diversas como el acceso al empleo, la clasificación profesional, las oportunidades promoción, el acceso a la formación, las condiciones salariales, la conciliación familiar o el acoso sexual, entre otros.
La Comisión de Igualdad hará una propuesta de las actuaciones concretas a llevar a cabo, que habrán de negociarse, delimitando aspectos tales como a quiénes se dirigen las medidas, qué persona o departamento será responsable de su implantación, qué metodología y recursos serán necesarios, su duración y su metodología de evaluación.
Es la fase de ejecución de las acciones previstas, cuyo éxito va a depender, en gran medida, de que se proporcione información detallada de sus requisitos y objetivos, asegurando la máxima implicación de todo el personal.
Consistirá en el cuestionamiento periódico de la aplicabilidad del plan, la adecuación de sus objetivos y la coherencia de sus acciones.
También incluirá la evaluación de los recursos y si el plan se ajusta al calendario y al presupuesto establecidos.
Se tratará, por tanto, de una observación continuada, al objeto de subsanar aquellas dificultades que puedan presentarse.
La obligatoriedad de contar con un Plan de Igualdad en la empresa se establece en los siguientes casos:
Deberá hacerse dentro de un periodo transitorio de tres años, que comenzó a contar desde el 7 de marzo de 2019, ya que anteriormente a esta fecha la obligatoriedad estaba fijada en empresas de más de 250 trabajadoras y trabajadores. Dicho periodo transitorio se establece como sigue:
Aquellas empresas que no tengan convenio colectivo propio pero cuyo convenio colectivo sectorial las obligue a ello, sin perjuicio del número de personas trabajadoras.
La Inspección de Trabajo puede sancionar a las empresas que, estando obligadas legalmente, no elaboren el plan de igualdad.
Además de las empresas citadas, estarán obligadas a elaborar un Plan de Igualdad todas las Administraciones Públicas.
Más allá de las empresas que deben elaborar obligatoriamente un Plan de Igualdad, y que hemos citado en el epígrafe anterior, las empresas pueden encontrar muy conveniente elaborar un Plan de Igualdad de forma voluntaria:
Al margen de las imposiciones legales, todas las empresas encontrarán beneficios en la implantación de un Plan de Igualdad, ya sea mejorando la imagen de la empresa, aumentando su credibilidad de la responsabilidad social, favoreciendo un mejor ambiente laboral u optando a un mayor número de subvenciones.
El primer motivo para implementar un Plan de Igualdad en la empresa es cumplir con la legislación, ajustándose a lo dispuesto en:
Naturalmente, los motivos para la elaboración del Plan de Igualdad tienen que ver con la búsqueda de la eliminación absoluta de las discriminaciones por razones de sexo, ya sean directas o indirectas, incluyendo la modificación de patrones de conducta, la igualdad de oportunidades y la prevención del acoso sexual, entre otros.
En Fundación Confemetal contamos con un servicio de consultoría para la elaboración de Planes de Igualdad en el que te asesoraremos sobre la ejecución de un plan en este materia y su implementación de forma transversal en todas las áreas y acciones de la organización.
¿Tienes dudas? ¿Te gustaría implantar un plan de igualdad para tu empresa? Rellena el formulario y nos pondremos en contacto contigo.